Compañeros y compañeras.-
El Consejo Directivo de AFGAP habiendo tomado conocimiento en las últimas semanas de la situación sanitaria en la que se están cumpliendo funciones en reparticiones de la Dirección General de Servicios Agrícolas, ha realizado las denuncias correspondientes a la Inspección General del Trabajo (se adjunta acta de inspección realizada en el Puerto de Montevideo), así como elevado una nota al Sr. Ministro en el día de la fecha, la cual adjuntamos.
Como establece la nota enviada al Ministro, las y los trabajadores amparados en la normativa vigente: Convenio Internacional de OIT 155 sobre Salud y Seguridad en el Trabajo, en particular Artículo 13 “De conformidad con la práctica y las condiciones nacionales, deberá protegerse de consecuencias injustificadas a todo trabajador que juzgue necesario interrumpir una situación de trabajo por creer, por motivos razonables, que ésta entraña un peligro inminente y grave para su vida o su salud” tenemos derecho a suspender las tareas, cuando se entienda que se corre un riesgo para nuestra salud. En este sentido, el procedimiento a seguir es el siguiente: Notificar por escrito al superior directo, al amparo de la normativa que se menciona, de la decisión de suspender las tareas hasta que se garanticen las condiciones adecuadas de Salud y Seguridad. Así mismo, en caso de realizar esta acción, solicitamos dar cuenta al Sindicato copiando en dicha comunicación a secretariaafgap@gmail.com
Quedamos a disposición por cualquier duda o consulta que pueda surgir.
CONSEJO DIRECTIVO DE AFGAP