Salud Laboral

Comisión de Salud Laboral de AFGAP


Prevenir el acoso moral laboral es un compromiso de todos

En el MGAP contamos con un protocolo para abordar y prevenir el acoso moral laboral:

PROTOCOLO ACOSO MORAL LABORAL.pdf



¿Qué es el acoso moral laboral?



“Son los hechos, actos u omisiones, reiterados o no, del empleador o de cualquiera de sus dependientes, que vulneran derechos de la persona del trabajador tales como: derecho a la dignidad, derecho a la integridad física y/o moral, derecho a la intimidad, derecho a la imagen, derecho a un medio ambiente adecuado de trabajo, entre otros; mediante maltrato, injuria, amenazas, hostigamiento o cualquier otro tipo de conducta degradante produciendo un daño”.


Fuente: Tomado del protocolo AFGAP – MGAP

¿Hay normativa que atienda este riesgo psicosocial que enfrentamos los trabajadores?

El Convenio 190 y la Recomendación 206 son las primeras normas internacionales del trabajo que proporcionan un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

Texto del CONVENIO 190 OIT :
https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C190

Recomendación 206 de OIT:
https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:R206

En la página de la OIT están disponibles materiales que nos informan sobre el acoso moral laboral: https://c190.lim.ilo.org/

Uruguay fue el primer país en ratificar el Convenio 190 de OIT con lo que rige como ley en nuestro país, Ley 19849 https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19849-2019



Origen del acoso moral laboral: RIESGOS PSICOSOCIALES

La mayor parte de las situaciones de acoso moral laboral surgen de problemas en la organización del trabajo perfiles de cargo poco claros, falta de planificación del trabajo desde la institución que genera recarga de trabajo o falta de asignación de tareas, líneas jerárquicas poco claras, comunicaciones poco claras e informales, desconocimiento de la normativa vigente en cuanto a exigencias en el desempeño de la función, etc.

En este sentido son de mucha ayuda las normas vigentes para los funcionarios públicos, cualquiera sea su vínculo contractual, funcionarios, arrendamiento de servicios y cargos de confianza política:

REGULACION DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19121-2013

DECLARACION DE INTERES GENERAL DEL CODIGO DE ETICA EN LA FUNCION PUBLICA https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19823-2019


Asimismo la OIT provee de una guía para prevenir estas situaciones:

En el MGAP contamos con un protocolo para abordar y prevenir el acoso moral laboral:

PROTOCOLO ACOSO MORAL LABORAL.pdf